Wednesday, November 09, 2005

APRENDAMOS DE ESPAÑA Y QUE SE NOS PLANTEA PARA LA PYME

Propiedad inteletual para empresas > Solución de controversias
Arbitraje y mediación
En muchos casos, entablar un litigio en un tribunal que sea competente para juzgar su caso, resultaría el modo más oneroso de hacer frente a una infracción, en particular cuando los derechos de propiedad intelectual de su PYME hayan sido infringidos por varios "competidores" en la misma o en distintas jurisdicciones. En dicho caso, su PYME deberá hacer valer sus derechos en distintos lugares y ante distintos tribunales. Por ello, es posible que prefiera un mecanismo alternativo de solución de controversias, que suele ser menos oneroso y menos largo. Además, la mediación ofrece la ventaja adicional de que suele contribuir a preservar buenas relaciones comerciales con una empresa con la que su PYME puede desear colaborar en el futuro.
¿Litigio judicial o mecanismo alternativo de solución de controversias?
Dependiendo del fondo de su caso, la mediación (o conciliación) y/o el arbitraje pueden constituir una buena alternativa a los procedimientos judiciales. No obstante, puede recurrirse a estas alternativas únicamente cuando la controversia en relación con los derechos de propiedad intelectual se plantea entre partes en un contrato, por ejemplo, entre un licenciante y un licenciatario, o entre asociados de una empresa conjunta que han decidido recurrir a la mediación y/o el arbitraje en lugar de presentar el caso ante un tribunal competente. En el momento de redactar el contrato original es conveniente considerar de antemano la posibilidad de que surjan controversias y establecer los medios para solucionarlas. Una vez que ha surgido una controversia, es más difícil e incluso a veces imposible llegar a un acuerdo sobre la mediación y/o el arbitraje. No obstante, su PYME puede optar por solicitar al Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI que se ponga en contacto con la otra empresa, con la que ha surgido la controversia, a fin de ayudar a las partes a decidirse a presentar la controversia al Centro para solucionarla en virtud de las normas de mediación, arbitraje o arbitraje acelerado de la OMPI. Con frecuencia, la mediación y el arbitraje son un sustituto excelente, o al menos en el caso de la mediación, un preludio menos oneroso al litigio ante los tribunales. Resultaría conveniente que su PYME, como parte de su estrategia comercial, incorporase las cláusulas apropiadas en los acuerdos pertinentes dando así la posibilidad de solucionar las controversias en materia de propiedad intelectual en primera (y, de ser posible, única) instancia mediante la mediación o el arbitraje.
El Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI
Entre las distintas instituciones a las que puede recurrir su PYME en búsqueda de asistencia para solucionar su controversia sin recurrir a procedimientos judiciales está el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI, institución que le ofrece una gran variedad de servicios para solucionar las controversias comerciales entre empresas privadas, incluidas las PYME. El Centro es especialmente útil en la esfera de la solución de controversias en materia de nombres de dominio.
El sitio Web del Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI ofrece una descripción detallada de las ventajas de la mediación y/o el arbitraje y de sus diferentes servicios.
["¿Qué puede hacer su PYME para solucionar controversias en materia de propiedad intelectual?"]

sIEMPRE HAY ALGO QUE APRENDER EN MATERIA DE PYME, APLIQUEMOS LO QUE OTRO VAN SOLUCIONANDO.
Alternativas para las PYME Saludos Rodrigo González Fernandez, Santiago Chile

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